Sres /as Directores de Programas de Medio Libre de la LRPA (MCA-PLA-PLE-SBC):
Se les ha enviado via mail y a través de la Circular N°18 del 30.11.2009 Instrucciones junto al formato pertinente para confeccionar un Plan de Trabajo Anual. Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el artículo 47 del Reglamento de la Ley N° 20.032.
Este plan nos permitirá a los supervisores hacer un seguimiento a los compromisos contraidos con las diversas propuestas de atención, por lo tanto su duración es anual. Sin embargo, en esta oportunidad se solicitará por la mitad del periodo.
El Plan de Trabajo Anual, deberá considerar los siguientes aspectos:
a) Como periodo de ejecución, seis meses de funcionamiento, considerando los meses de Diciembre de 2009 a Mayo de 2010.
b) Los contenidos del Plan de Trabajo Anual, deben ser coherentes con lo señalado en la matriz del proyecto que fue adjudicado o prorrogado. Sin embargo, será posible incluir nuevos objetivos que permitan adecuar la intervención, para ello se deberá considerar el contexto normativo y técnico.
c) En caso que corresponda, se debe incorporar las observaciones o consideraciones técnicas realizadas por el Servicio a través de la supervisión. Lo anterior, con el fin de mejorar la ejecución del proyecto.
Las instituciones tendrán como plazo para hacer llegar los planes de trabajo anual a las direcciones regionales, hasta el 14 de diciembre del presente año y la Uderej revisará dichos planes de trabajo, señalando cuando corresponda, los aspectos que se deben mejorar del mismo. La incorporación de dichas modificaciones serán monitoreadas en las acciones de supervisión realizadas por la Uderej Regional.
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