El Poder Judicial pidió una prórroga. Hasta tanto, los jóvenes no tendrán un fiscal que los investigue independientemente del juez que los juzga.
Una vez más, los jóvenes en conflicto con la ley
penal deberán esperar que la Justicia Penal Juvenil se adapte a la normativa
vigente. Como consecuencia, en una causa criminal, los niños y adolescentes
serán acusados e investigados por la misma persona y no podrán recurrir esa
decisión ante una cámara especializada.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), junto a la
Fiscalía General, solicitó a la Legislatura que dicte una norma para prorrogar,
por un plazo no menor de 270 días corridos, la creación de las fiscalías y las
cámaras juveniles.
La solicitud se hizo mediante un acuerdo
reglamentario (número 1.159, serie “A”) que se publicó ayer en el
Boletín Oficial de Córdoba.
El pedido ya es un hecho: el titular del bloque
oficialista, Sergio Busso (Unión por Córdoba), confirmó a este diario que ayer
presentó un proyecto de ley que concede la prórroga durante el tiempo que el TSJ
considere necesario. Además, aseguró que la semana que viene la Legislatura lo
aprobará.
Protección integral.
Todo se originó con la
ley provincial 9.944, de junio de 2011, que estableció un nuevo esquema para la
promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y
adolescentes. En lo referente a la Justicia Penal Juvenil, la norma dispuso
cambios fundamentales: la creación de fiscalías juveniles y de cámaras
especializadas en niñez, adolescencia y violencia familiar.
Esto es importante porque, en el sistema actual, el
juez se encarga tanto de investigar y acusar como de juzgar a los niños y
jóvenes que presuntamente delinquen. Además, los recursos contra las decisiones
de esos magistrados se tramitan en cámaras penales ordinarias.
Así, los niños y adolescentes hoy no cuentan con los
mismos derechos que los adultos. En el sistema vigente para mayores están
separadas las funciones de acusación (del fiscal) y la de juzgamiento (el
tribunal). Justamente, esa división de tareas es una exigencia para garantizar
al imparcialidad del juez.
En el acuerdo se aducen dos razones principales para
pedir la prórroga. La primera se relaciona con lo edilicio. El Poder Judicial ya
compró un inmueble para el funcionamiento del Fuero de la Niñez, Adolescencia y
Violencia Familiar y licitó la obra para adecuar el lugar. Pero la obra aún no
finalizó.
En segundo lugar, dicen que aún existen
“limitaciones presupuestarias que impiden reforzar la planta de personal de las
Fiscalías Penales Juveniles”. Aunque también se aclaró que “no son estos los
obstáculos decisivos, sino los derivados de la readecuación edilicia”.
La ley 9.944 estableció su vigencia inmediata,
“salvo en lo que respecta a la organización de la Justicia Penal Juvenil que
comenzará a regir a partir del día 3 de junio de 2013”.
El proyecto de Busso establece que la ley entrará en
vigencia “cuando el TSJ por acordada considere que cuenta con recursos
edilicios, informáticos y humanos mínimos e indispensables para el
funcionamiento del nuevo fuero”.
Otros cambios. A la vez, el TSJ solicitó que el
Poder Legislativo considere realizar algunos cambios a la ley 9.944.
Por ejemplo, que se prevea el querellante particular
y que se recepte expresamente la mediación.