martes, 25 de junio de 2013

Argentina: Se demoran los cambios para adecuar la Justicia Penal Juvenil

El Poder Judicial pidió una prórroga. Hasta tanto, los jóvenes no tendrán un fiscal que los investigue independientemente del juez que los juzga.

Una vez más, los jóvenes en conflicto con la ley penal deberán esperar que la Justicia Penal Juvenil se adapte a la normativa vigente. Como consecuencia, en una causa criminal, los niños y adolescentes serán acusados e investigados por la misma persona y no podrán recurrir esa decisión ante una cámara especializada.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), junto a la Fiscalía General, solicitó a la Legislatura que dicte una norma para prorrogar, por un plazo no menor de 270 días corridos, la creación de las fiscalías y las cámaras juveniles.

La solicitud se hizo mediante un acuerdo reglamentario (número 1.159, serie “A”) que se publicó ayer en el Boletín Oficial de Córdoba.


El pedido ya es un hecho: el titular del bloque oficialista, Sergio Busso (Unión por Córdoba), confirmó a este diario que ayer presentó un proyecto de ley que concede la prórroga durante el tiempo que el TSJ considere necesario. Además, aseguró que la semana que viene la Legislatura lo aprobará.

Protección integral. 

Todo se originó con la ley provincial 9.944, de junio de 2011, que estableció un nuevo esquema para la promoción y protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. En lo referente a la Justicia Penal Juvenil, la norma dispuso cambios fundamentales: la creación de fiscalías juveniles y de cámaras especializadas en niñez, adolescencia y violencia familiar.

Esto es importante porque, en el sistema actual, el juez se encarga tanto de investigar y acusar como de juzgar a los niños y jóvenes que presuntamente delinquen. Además, los recursos contra las decisiones de esos magistrados se tramitan en cámaras penales ordinarias.
Así, los niños y adolescentes hoy no cuentan con los mismos derechos que los adultos. En el sistema vigente para mayores están separadas las funciones de acusación (del fiscal) y la de juzgamiento (el tribunal). Justamente, esa división de tareas es una exigencia para garantizar al imparcialidad del juez.

En el acuerdo se aducen dos razones principales para pedir la prórroga. La primera se relaciona con lo edilicio. El Poder Judicial ya compró un inmueble para el funcionamiento del Fuero de la Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar y licitó la obra para adecuar el lugar. Pero la obra aún no finalizó.

En segundo lugar, dicen que aún existen “limitaciones presupuestarias que impiden reforzar la planta de personal de las Fiscalías Penales Juveniles”. Aunque también se aclaró que “no son estos los obstáculos decisivos, sino los derivados de la readecuación edilicia”.

La ley 9.944 estableció su vigencia inmediata, “salvo en lo que respecta a la organización de la Justicia Penal Juvenil que comenzará a regir a partir del día 3 de junio de 2013”.

El proyecto de Busso establece que la ley entrará en vigencia “cuando el TSJ por acordada considere que cuenta con recursos edilicios, informáticos y humanos mínimos e indispensables para el funcionamiento del nuevo fuero”.

Otros cambios. A la vez, el TSJ solicitó que el Poder Legislativo considere realizar algunos cambios a la ley 9.944.

Por ejemplo, que se prevea el querellante particular y que se recepte expresamente la mediación.

Fuente: www.lavoz.com.ar