La entrada en vigor estaba prevista para el próximo domingo; ahora será hasta junio de 2016
La ley tiene previsto el internamiento máximo de cinco años para menores
de 16 años y de hasta siete años máximo para menores de 18 años de
edad.
CIUDAD DE MÉXICO, 25 de diciembre.- A pesar del aumento constante del
reclutamiento de menores de edad por parte de los grupos criminales, el
Senado y la Cámara de Diputados postergaron dos años la entrada en
vigor del sistema de justicia para adolescentes, porque el mismo sistema
judicial todavía no está preparado para esa transición.
De acuerdo con el Programa Nacional para la Prevención Social de la
Violencia y la Delincuencia 2014-2018, “la población menor de 18 años
registra una participación cada vez mayor en actos delictivos.
“El Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE) de la
Procuraduría General de la República (PGR) registró que el número de
menores detenidos por delitos federales aumentó de mil 337 casos en
2009 a mil 658 casos en 2011. En tanto la tasa de mortalidad por
homicidio en la población de 0 a 14 años aumentó 12.2% de 2010 a 2011,
después de haber disminuido en años anteriores.
“Si se desagregan los grupos de edad, destaca la población de 10 a 14
años, en la cual hubo un incremento sostenido y considerable (del
21.5%) de 2008 a 2011, sobre todo en los menores del sexo masculino
(INEGI 2008; 2009; 2010; 2011)”, precisa el documento oficial.
El sistema de justicia para adolescentes estaba previsto para entrar
en vigor el próximo domingo, pero los diputados federales y senadores
valoraron que es mejor que comience a operar una vez que se aplique en
todo el país el Código Nacional de Procedimientos Penales y se tenga
mayor avance en la transición hacia el sistema acusatorio, a fin de que
los menores de edad infractores cuenten con el mismo sistema garantista
que se construyó para los adultos.
El Senado avaló la minuta enviada por la Cámara de Diputados para
establecer estas nuevas disposiciones y el Ejecutivo Federal lo publicó
en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Pero además de los argumentos esgrimidos por los diputados federales
para postergar la entrada en vigor de este sistema, Roberto Gil Zuarth y
Arely Gómez, presidente y secretaria de la Comisión de Justicia del
Senado, evidenciaron que “a la fecha, no se ha expedido el Reglamento de
la Ley y no se han llevado a cabo las adecuaciones orgánicas necesarias
para su implementación, lo que muestra que de entrar en vigor el 27 de
diciembre, este ordenamiento legal tendrá diversas dificultades técnicas
para ser debidamente aplicado”.
El régimen transitorio de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, que se publicó en el DOF
el 27 de diciembre del 2012, ordenó que el Ejecutivo federal tenía dos
años para “expedir los reglamentos que se prevén en esta ley, así como
realizar las adecuaciones presupuestales y orgánicas correspondientes.
“Deberá preverse también la selección y capacitación inicial y
permanente de los funcionarios que integrarán el personal del sistema,
así como de quienes fungirán como formadores. Para estos efectos se
recurrirá a los convenios que las diversas dependencias tengan firmados
con organismos rectores especializados en la protección de los derechos
de los adolescentes”, ordena.
De igual forma, dispone que “las instituciones encargadas de la
formación de los agentes de las policías federales deberán incluir, en
un plazo que no supere el ciclo lectivo en curso al momento de entrar en
vigor esta Ley, en el currículo transversal, los planes y programas de
estudio de todos los niveles y modalidades en los que se imparta
capacitación, una formación integral en los derechos de los adolescentes
contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
los tratados internacionales y demás ordenamientos federales
aplicables”.
La Ley Federal de Justicia para Adolescentes establece las reglas
para castigar a los menores de edad que cometen delitos, pero con un
sistema paralelo al judicial para adultos, que se especialice en la
reincorporación de los jóvenes a la vida social.
Esta nueva disposición federal busca que los padres de familia de los
jóvenes delincuentes accedan a programas de orientación y apoyo, a fin
de que coadyuven en la recuperación de sus hijos y permitirles una vida
socialmente sana.
Prevé el internamiento máximo de cinco años para menores de 16 años y
de hasta siete años máximo para menores de 18 años de edad.
Incluye 15 medidas de procedimiento, como apercibimiento, libertad
asistida, prestación de servicios en favor de la comunidad, reparación
del daño, limitación o prohibición de residencia, prohibición de
relacionarse con determinadas personas, de asistir a determinados
lugares o de conducir vehículos automotores.
También la obligación de acudir a determinas instituciones para
recibir formación educativa, técnica, orientación o asesoramiento, así
como para obtener trabajo y abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas,
drogas, estupefacientes y demás sustancias prohibidas; medidas de
internamiento, como el domiciliario, en tiempo libre y el permanente,
que sólo se aplica para que menores de 14 a 18 años que hayan cometido
delitos del orden federal.
Además, crea nuevas autoridades judiciales como el Ministerio Público
de la Federación para Adolescentes; Defensor Público Federal para
Adolescentes; Juez de Distrito Especializado para Adolescentes; Juez de
Distrito de Ejecución de Medidas para Adolescentes; Magistrado de
Circuito para Adolescentes, entre otros.
Sin embargo, con la publicación del nuevo decreto en el Diario Oficial de la Federación se plantea que la entrada en vigor del sistema judicial para menores “no podrá exceder del 18 de junio de 2016”.
Fuente: http://www.excelsior.com.mx