lunes, 12 de enero de 2015

Mexico: Aplazan sistema de justicia juvenil

La entrada en vigor estaba prevista para el próximo domingo; ahora será hasta junio de 2016 

 La ley tiene previsto el internamiento máximo de cinco años para menores de 16 años y de hasta siete años máximo para menores de 18 años de edad. 

 CIUDAD DE MÉXICO, 25 de diciembre.- A pesar del aumento constante del reclutamiento de menores de edad por parte de los grupos criminales, el Senado y la Cámara de Diputados postergaron dos años la entrada en vigor del sistema de justicia para adolescentes, porque el mismo sistema judicial todavía no está preparado para esa transición.

De acuerdo con el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia 2014-2018, “la población menor de 18 años registra una participación cada vez mayor en actos delictivos.

“El Sistema Institucional de Información Estadística (SIIE) de la Procuraduría General de la República (PGR) registró que el número de menores detenidos por delitos federales aumentó de  mil 337 casos en 2009 a mil 658 casos en 2011. En tanto la tasa de mortalidad por homicidio en la población de 0 a 14 años aumentó 12.2% de 2010 a 2011, después de haber disminuido en años anteriores.

“Si se desagregan los grupos de edad, destaca la población de 10 a 14 años, en la cual hubo un incremento sostenido y considerable (del 21.5%) de 2008 a 2011, sobre todo en los menores del sexo masculino (INEGI 2008; 2009; 2010; 2011)”, precisa el documento oficial.

El sistema de justicia para adolescentes estaba previsto para entrar en vigor el próximo domingo, pero los diputados federales y senadores valoraron que es mejor que comience a operar una vez que se aplique en todo el país el Código Nacional de Procedimientos Penales y se tenga mayor avance en la transición hacia el sistema acusatorio, a fin de que los menores de edad infractores cuenten con el mismo sistema garantista que se construyó para los adultos.

El Senado avaló la minuta enviada por la Cámara de Diputados para establecer estas nuevas disposiciones y el Ejecutivo Federal lo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Pero además de los argumentos esgrimidos por los diputados federales para postergar la entrada en vigor de este sistema, Roberto Gil Zuarth y Arely Gómez, presidente y secretaria de la Comisión de Justicia del Senado, evidenciaron que “a la fecha, no se ha expedido el Reglamento de la Ley y no se han llevado a cabo las adecuaciones orgánicas necesarias para su implementación, lo que muestra que de entrar en vigor el 27 de diciembre, este ordenamiento legal tendrá diversas dificultades técnicas para ser debidamente aplicado”.

El régimen transitorio de la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, que se publicó en el DOF el 27 de diciembre del 2012, ordenó que el Ejecutivo federal tenía dos años para “expedir los reglamentos que se prevén en esta ley, así como realizar las adecuaciones presupuestales y orgánicas correspondientes.

“Deberá preverse también la selección y capacitación inicial y permanente de los funcionarios que integrarán el personal del sistema, así como de quienes fungirán como formadores. Para estos efectos se recurrirá a los convenios que las diversas dependencias tengan firmados con organismos rectores especializados en la protección de los derechos de los adolescentes”, ordena.

De igual forma, dispone que “las instituciones encargadas de la formación de los agentes de las policías federales deberán incluir, en un plazo que no supere el ciclo lectivo en curso al momento de entrar en vigor esta Ley, en el currículo transversal, los planes y programas de estudio de todos los niveles y modalidades en los que se imparta capacitación, una formación integral en los derechos de los adolescentes contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y demás ordenamientos federales aplicables”.

La Ley Federal de Justicia para Adolescentes establece las reglas para castigar a los menores de edad que cometen delitos, pero con un sistema paralelo al judicial para adultos, que se especialice en la reincorporación de los jóvenes a la vida social.

Esta nueva disposición federal busca que los padres de familia de los jóvenes delincuentes accedan a programas de orientación y apoyo, a fin de que coadyuven en la recuperación de sus hijos y permitirles una vida socialmente sana.

Prevé el internamiento máximo de cinco años para menores de 16 años y de hasta siete años máximo para menores de 18 años de edad.

Incluye 15 medidas de procedimiento, como apercibimiento, libertad asistida, prestación de servicios en favor de la comunidad, reparación del daño, limitación o prohibición de residencia, prohibición de relacionarse con determinadas personas, de asistir a determinados lugares o de conducir vehículos automotores.

También la obligación de acudir a determinas instituciones para recibir formación educativa, técnica, orientación o asesoramiento, así como para obtener trabajo y abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes y demás sustancias prohibidas; medidas de internamiento, como el domiciliario, en tiempo libre y el permanente, que sólo se aplica para que menores de 14 a 18 años que hayan cometido delitos del orden federal.

Además, crea nuevas autoridades judiciales como el Ministerio Público de la Federación para Adolescentes; Defensor Público Federal para Adolescentes; Juez de Distrito Especializado para Adolescentes; Juez de Distrito de Ejecución de Medidas para Adolescentes; Magistrado de Circuito para Adolescentes, entre otros.

Sin embargo, con la publicación del nuevo decreto en el Diario Oficial de la Federación se plantea que la entrada en vigor del sistema judicial para menores “no  podrá exceder del 18 de junio de 2016”.